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La controversia generada por la distribución gratuita de la píldora del día siguiente.

Hace ya varios meses atrás el tema de la píldora del día siguiente ha despertado muchas controversias entre protectores y consumidores. Empezando por el tema constitucional, donde se impone la protección al derecho a la vida del concebido que está tipificado en el artículo primero de nuestra Carta Magna, del cual ciertos políticos y supuestos eruditos en el tema vienen haciendo énfasis en que la píldora atenta contra la vida humana tildándosele de “pastilla abortiva”. Mientras que por otra parte están las mujeres consumidoras que hacen uso de este método de emergencia, como lo dice su nombre. Lo más resaltante y dígase a su vez que resulta incomprensible es el hecho de que el Tribunal Constitucional ha tomado cartas en el asunto resolviendo en contra de la distribución gratuita en centros de salud público, comisarias, postas médicas y otros. Haciendo que miles de mujeres pobres que accedían a utilizar este método gratuito como última opción ante un posible embarazo no deseado, tengan que COMPRARLO, porque al TC no se le ocurrió mejor idea que prohibir la gratuidad de la pastilla pero no la compra de la misma, de tal forma que aquellas personas que no tengan la disponibilidad de pagar 20 o hasta 30 soles, en promedio que es el costo de estas píldoras, pues tenga que completar un embarazo de un niño que jamás pidió venir al mundo, trayendo consigo infelicidad y a la larga más pobreza al país.
Si analizamos y traducimos las cifras estadísticas de cuáles son las familias que en la actualidad tienen más hijos, pues llegaremos a una simple respuesta: Las familias más numerosas pertenecen a los grupos de sectores económicos C, D y cuantos más segmentos menores hallan en el Perú. Entonces está claro quiénes vendrían a ser las mujeres que más accedan con más frecuencia a usar la píldora del día siguiente. Por tal motivo se puede deducir que el fallo del Tribunal Constitucional no cumple con la labor igualitaria que todo mandato social debería tener, y que además atenta contra el desarrollo de un futuro mejor en nuestro país.
Pero ahí no queda el fallo del TC sino que dentro de su argumentación y/o motivación decía que el sector competente que consulte a un organismo calificado y pruebe que la píldora no es abortiva, se reanudará inmediatamente la distribución gratuita de la misma. En tal caso el Ministerio de Salud consultó al Organismo Mundial de la Salud, quién de acuerdo a extensos estudios comprobó que la píldora no era de carácter abortivo. Por tanto la población en general pensó que por fin este tema sería aclarado y que las mujeres de escasos recursos tendrían un trato igualitario logrando hacer firme su capacidad de decisión en cuanto a un futuro embarazo. Pero ahora todo vuelve a verse difuso, porque nuevamente el afanoso TC dice que el Ministerio de Salud no es el “sector competente” en este tema. Me pregunto cuál es, entonces. Finalmente, cabe decir que hay una petición urgente al TC para que aclare sus conflictos internos y que de una vez por todas se le dé la suficiente libertad a la mujer peruana para tener capacidad de elección frente a su vida y futuras vidas.
Además hay que tener en cuenta que cada mujer que decida hacer uso de un anticonceptivo de EMERGENCIA de este tipo , pues tiene que estar previamente informada, para ello aqui hay un video que espero sirva para aclarar dudas.
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1 comentarios:

*Gildamaría* dijo...

Para que ya no haiga tanta controversia debería existir una información más clara por parte del gobierno ; y que el TC nos deje de hinchar las pelotas, sufiente con los abogados corruptos.

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